DAVID EUCARISTÍA: Fe Católica
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No hay perdón de los pecados sin Confesión ante un Sacerdote: los pecados no dichos al Sacerdote no pueden ser perdonados



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Quien pretende salvarse sin Confesión de los pecados, es como pretender poder salvarse sin la intercesión del Cuerpo y Sangre de Jesucristo, el Salvador. ¿Si el Sacerdote no conoce tus pecados porque tú no se los has dicho, cómo podrá él ofrecer el Cuerpo y la Sangre de Jesucristo a Dios Padre como pago y reparación de los mismos? ¿Y si el Sacerdote no ofrece el Cuerpo y la Sangre de Jesucristo en reparación y pago de tus pecados cómo esperas que te sean perdonados si solo el Cuerpo y la Sangre de Jesucristo puede perdonarlos?

Lo único que nos salva es el Cuerpo y la Sangre de Jesucristo, la cual no es un concepto ni es una idea particular de nadie, sino una Realidad que tiene lugar en la Eucaristía sobre el Altar de cada Misa, de la cual el Sacerdote es el artífice o administrador elegido e instituido por Dios y por la Iglesia, por la comunidad cristiana. Si el Sacerdote es el administrador del Cuerpo y Sangre de Jesús, con más razón lo es de nuestra salvación y de nuestro perdón, dado que esta depende de la Eucaristía para que se haga efectiva. Sin Eucaristía no hay salvación y, por eso, sin Sacerdote no hay perdón de los pecados, ya que el Sacerdote es el administrador y dispensador de la Eucaristía. Quien quiere salvarse sin Sacerdote ni Confesión es lo mismo que quien quiere salvarse porque sí, por sí mismo, sin contar con el Cuerpo y la Sangre de Jesucristo, sin Jesucristo.

Hay quienes presumen de que van a salvarse por la Sangre del Cordero mas solo quieren participar de ella de manera impulsiva y espiritual y, en cambio, prescinden de su Presencia Sustancial Real en la Eucaristía Católica, la cual no es ya un mero recuerdo ni un símbolo, sino una Realidad plena y verdadera que deberá ser comida y bebida (cf Jn 6,55): «[...] En el Santísimo Sacramento de la Eucaristía están "contenidos verdadera, real y substancialmente el Cuerpo y la Sangre, junto con el Alma, la Humanidad y la Divinidad de nuestro Señor Jesucristo, y, por consiguiente, Cristo entero" [...]» (CIC 1374). Si realmente confían en salvarse por la sola Sangre de Jesucristo, entonces ¿por qué no acuden a recibirla allí donde está Ella en toda su realidad, en la Misa Católica? Otros dicen que Dios es bueno y salva a todos: sí, es cierto, y por eso murió en la Cruz, para darnos a comer y a beber el Remedio a nuestros pecados, la Eucaristía; por tanto, Dios salva y perdona a «todos» sí, pero: a todos aquellos que, deseando salvarse, se acogen y someten a su Voluntad, a su Misericordia y a sus Sacramentos, participando de su Cuerpo y Sangre en la Eucaristía pero no abusivamente, sino respetuosamente, lo cual exige necesariamente nuestra reconciliación con Dios. Nadie puede ir a comer a la casa de un amigo si está peleado con él, primero tendrá que reconciliarse; así mismo, nadie puede ir a comer a la Casa de Jesucristo si primero no se reconcilia con Él, reconociéndole y pidiéndole primero perdón por todas las veces y formas en que le ofendimos, y prometiéndole no volver a hacerlo.


La Iglesia Católica es una organización jurídica sometida a derecho

La Iglesia Católica, en cuanto organización humana, está regulada por sus propias leyes, recogidas en el Código de Derecho Canónico, que son de obligado respeto y cumplimiento para todos los católicos y católicas, bajo pena de pecado y otras posibles sanciones jurídicas. En cualquier club o asociación de este mundo hay que sujetarse a unas reglas y, si uno de sus miembros no las cumple o, aún peor, hace alarde de no cumplirlas, será sancionado. La Iglesia Católica no va a ser menos y, si uno de sus miembros incumple las normas, puede estar cometiendo pecados de distintos grados y se expone a recibir sanciones jurídicas. Respecto de la Confesión, en lo referido a los fieles, la Ley Canónica dice concretamente:
  • Canon 916. Si se tienen pecados graves (mortales), no comulgar sin haberse confesado antes.
  • Canon 988. Hacer examen de conciencia y confesar todos los pecados mortales no dichos aún directamente en confesión: uno a uno y por especie y número.
  • Canones 989. Confesarse como mínimo una vez al año.
Pues bien, en nuestra Iglesia hay muchas personas que no solo no cumplen esta norma y nunca se confiesan, sino que, lo que es peor, incluso se jactan de ello abiertamente, despreciando el valor del Sacramento o la necesidad de la intercesión del Sacerdote. Así y todo presumen de católicos pero, si no recapacitan a tiempo, van a ser sorprendidos in fraganti en sus malas obras por Dios: «Pero si ese criado, pensando que su amo va a tardar en volver, comienza a maltratar a los demás criados y a las criadas, y se pone a comer, beber y emborracharse, el día que menos lo espera y a una hora que no sabe llegará su amo y lo castigará. Le condenará a correr la misma suerte que los infieles» (Lc 12,45-46).


Demostración de porqué solo un Sacerdote puede perdonar los pecados

Partiendo de lo anterior se entiende ahora perfectamente cómo logra un sacerdote perdonar los pecados. Cada vez que un sacerdote consagra el Pan y el Vino sobre el Altar, ofrece a Dios Padre, y en nombre de toda la Iglesia (consecuentemente, también en nombre tuyo), a Jesucristo como Víctima expiatoria por todos los pecados, entre los cuales van a estar incluidos aquellos que nosotros decimos en Confesión. Sí, todos los pecados confesados, van a recaer sobre Jesucristo en la Eucaristía, en forma de latigazos, escupitajos, desprecios, juicios, incomprensiones, traiciones, etc., exactamente igual que la primera vez. Ya que la Eucaristía es un Evento hecho en el Cielo y en Dios, además de en la Tierra, y tiene lugar en todo tiempo y lugar a la vez (en el «no-tiempo» y en el «no-lugar» de Dios). La Misa es el mismo y el único Sacrificio de Jesucristo, no hay dos, ni tres, sino únicamente uno y el mismo, y el único que salva. Así como ese Sacrificio tiene lugar por las manos del Sacerdote (quien ocupa el lugar de san Juan bajo la Cruz), así los efectos de ese Sacrificio circularán también por mediación de ese mismo Sacerdote. Quien pretende salvarse sin Confesión de los pecados, es como quien pretende poder salvarse sin la intercesión del Cuerpo y Sangre de Jesucristo, el Salvador. Ahora bien, si el Sacerdote no sabe cuáles son tus pecados, porque tú no se los has dicho, ¿cómo puede Él ofrecer el Cuerpo y la Sangre de Jesucristo por ellos para que te sean perdonados? ¿Y, si el Cuerpo y la Sangre de Jesucristo no han sido ofrecidos como se debe para el perdón de tus pecados, cómo esperas encontrarlos un día perdonados? Por tanto, los pecados no dichos en confesión no pueden ser perdonados (salvo omisión involuntaria pero, en este caso, existe el deber de decirlos en la próxima confesión como pecados perdonados pero no debidamente confesados).

Salvación in extremis, porqué debemos evitar llegar a eso y consecuencias de vivir una vida de pecado sin arrepentimiento ni confesión

La manera más segura de salvarse es haciendo las cosas como Dios mismo enseña y que la Iglesia explica. Exponer nuestra salvación a una cuestión de suerte final es una grave irresponsabilidad y creo que ninguna persona mínimamente sensata lo haría ni debería hacerlo. Los Sacramentos son la manera ordinaria y segura de salvarse. Ahora bien, hay ocasiones en las que Dios salva en condiciones extremas a muchas almas, quizá ni habiéndose confesado, como una concesión extraordinaria obtenida por la intercesión de las almas crucificadas que sufren en silencio por tu causa y la de otros que están en igual situación. A cambio de tu salvación final esas almas tendrán que soportar —aún sin comprender porqué— pobreza y necesidades, persecuciones y desprecios, injusticias, enfermedades, y muchas otras clases de calamidades y agravios. ¿Qué quiénes son estas almas? No las busques demasiado lejos, quizá hasta las tengas en tu propia familia: a veces nos parecen personas desgraciadas, fracasadas, insignificantes, despreciables, pero ante Dios son más preciosas y amadas que los diamantes y el oro lo son para el mundo. Dios continúa salvando hoy a través de numerosas de esas almas víctimas que, con su sacrificio y su sufrimiento inocente e inmerecido, ayudan a Jesucristo como cirineos a satisfacer la justicia debida a nuestros pecados y nos obtienen el perdón de Dios, y a las que Él reserva una especial gloria en el Cielo como recompensa. Allí donde un alma se dirige a la condenación, porque no escucha a Dios y sus advertencias, a Dios no le queda más remedio que buscar la ayuda de un alma víctima que interceda con sus sufrimientos por esa alma, que actúe como balanza de compensación (Él sabe con qué almas puede contar): de otro modo, aquella no tendría salvación. Por ello, las almas presuntuosas que viven en pecado y no lo reconocen ni se arrepienten, verdaderamente no saben lo que hacen, las graves consecuencias de sus acciones, así como el rastro de víctimas inocentes que van dejando a su paso. Son las almas víctimas las que con su sacrificio y sufrimiento proporcionan el abono de conversión (cf Lc 13,6-9) a esas almas inconscientes de su destino; son la semilla que cae en tierra y mueren para dar fruto (cf Jn 12,24) que otro recogerá gratis (cf Jn 4,37); son las almas que se abajan para que otro crezca (cf Jn 3,30), como el abajamiento y sacrificio de san Juan Bautista dio paso a Jesucristo:
Lc 13,6-9: «Jesús les contó esta parábola: "Un hombre tenía una higuera plantada en su viñedo, y fue a ver si daba higos, pero no encontró ninguno. Así que le dijo al hombre que cuidaba el viñedo: 'Mira, por tres años seguidos he venido a esta higuera en busca de fruto, pero nunca lo encuentro. Córtala, pues; ¿para qué ha de ocupar terreno inútilmente?'. Pero el que cuidaba el terreno le contestó: 'Señor, déjala todavía este año; voy a aflojarle la tierra y a echarle abono. Con eso tal vez dará fruto; y si no, ya la cortarás'”».

Así fue Jesucristo, el Alma Víctima sufrida y escondida que pagó y continúa pagando por los pecados de todos. Ahora bien, aún si tú por un acto de última y extrema misericordia de Dios lograras no ir al Infierno que merecías, ¿qué será de ti en el Purgatorio? Todos esos pecados gravísimos no confesados son como inmensas montañas de trabajo aún por hacer, están sin reparar porque no habiéndolos dicho en Confesión ningún sacerdote pudo repararlos en la Eucaristía. Eso significa que tú, allí, tendrás que empezar tu camino partiendo desde cero, partiendo de nada, tú solo y esperando a que alguien en la Tierra ofrezca ahora una Eucaristía por ti, quizá algún conocido, familiar o alma piadosa: ¿cuentas con esas almas que ofrecerán Misas por ti luego de esta vida?, dichoso tú si las tienes; muchas congregaciones religiosas permiten inscribirse en sus asociaciones para participar de los méritos de sus Misas luego de esta vida, pregúntales e inscríbete. En cualquier caso, la Iglesia intercede por todas las almas del Purgatorio en todas las Misas. Entonces, ese día, comprenderemos lo que valió el Sacramento de la Confesión y de la Eucaristía y como una sola Confesión te pudo ahorrar no solo sufrimientos eternos en el Infierno, sino una buena parte de las purificaciones debidas en el Purgatorio. Allí en el Purgatorio rogaremos poder recibir una sola Gota del Agua de Vida que hoy tenemos sobreabundante en la Eucaristía y no la bebemos.

Conclusión

Así que, no hay perdón sin Eucaristía y no hay Eucaristía sin Sacerdote; lo que viene de ahí es una conclusión al alcance de cualquier niño: sin Sacerdote no hay perdón de los pecados. Esa ha sido la voluntad de Jesucristo, quien no habiendo logrado convertirnos y salvarnos enviándonos maná del Cielo, se hizo a sí mismo el Maná y bajó Él mismo para alimentarnos. Haciéndose Humano, se remangó sus blanquísimos Vestidos, para abajarse al fango donde nosotros habitábamos y poder lavarnos y rescatarnos; para soportar todas las más horribles humillaciones que podía soportar un humano y ofrecer rescate a favor nuestro para que no fuéramos nosotros los crucificados sino Él en lugar nuestro. Pero nosotros, en cambio, queremos ser salvados sin soltar una lágrima, sin pedir perdón, sin doblar una rodilla, sin mirar al Crucificado, sin compadecerse de Él. ¡Sigan así! que el reino del anticristo acabará dándoles lo que quieren, una salvación a gusto del consumidor. Quienes rechazan la Confesión están sin saberlo abriéndole las puertas al reino del anticristo y de la gran apostasía en el seno de la Iglesia. Sean humildes y arrodíllense delante de un Sagrario y del Confesionario, ante Aquel el cual solamente Él puede salvarlos: Jesucristo en la Eucaristía.




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Aprender a confesarse cuando se lleva muchísimo tiempo (años) sin hacerlo




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Muchos católicos se enredan en una vida mundana durante años y años de su vida hasta que un día sienten la llamada de Dios de volver a la Iglesia y a los Sacramentos. Entonces, empiezan a recordar uno a uno sus pecados cometidos durante ese largo tiempo, y entran en pánico: son tan numerosos y tan graves que muchos da horror solamente recordarlos, quisiéramos tenerlos olvidados y no saber que los hemos cometido. Pero no es así, aunque ha pasado el tiempo, su memoria permanece, y nos avergüenzan y nos inculpan constantemente; huimos de aquellas personas y situaciones que nos relacionan con esos viejos pecados que escondemos. Esa es la prueba de que necesitamos perdón. Nuestras almas buscan Paz, necesitan Paz, están cansadas de llevar esos fardos a sus espaldas, Dios las llama a una renovación, y antes de la ascensión es necesario liberarnos de esos pesos innecesarios. Ha llegado la hora de la confesión.

Pero, ¿cómo hacerlo? Son tantos y tan enredados nuestros pecados que no sabemos ni por dónde empezar, más se nos parecen a una selva impenetrable. Tomemos un papel o bien abramos un documento en el ordenador o una nota en el teléfono móvil, y empecemos a escribirlos todos, uno a uno, según los recordemos. Cada vez que nos acordamos de uno nuevo pongámoslo rápido en la lista para que no se nos olvide. Pero, guardemos este papel o ese documento en un lugar secreto donde nadie lo pueda ver (mucha precaución con esto, pues si alguien los descubre, nos podría causar daño o nos causaría mucha vergüenza). Es imprescindible anotarlos cuando son demasiados, porque si no nos acordaremos; pero también es imprescindible asegurarlos en un lugar donde nadie los pueda leer. Si no podemos asegurarnos de que no los podrá leer nadie, entonces mejor no anotarlos por seguridad. Tal vez un lugar ideal es ese, una nota secreta en el teléfono móvil, así los podremos ir anotando allí donde estemos cada vez que los recordemos. Este proceso de preparación puede durar días y ¡¡¡hasta semanas!!!: paciencia.

Hemos de establecer un orden para agruparlos. Podemos elegir varios métodos. Una forma es clasificarlos según los mandamientos: vamos repasando uno a uno todos los 15 mandamientos que es preciso obedecer (los 10 de Dios Padre y los 5 de la Iglesia) y cada pecado que recordamos lo agrupamos en esa categoría. Otra forma es organizarlos según las obras de Misericordia o las Bienaventuranzas contra las que se ha pecado. También podemos ordenarlos según el tipo de pecado capital. Todo lo que nos ayude a comprender y detectar nuestros pecados es bienvenido. También hay guías de confesión disponibles, que hacen una relación de los pecados más frecuentes y nos ayudan a hacer el examen de conciencia. Desde mi propia experiencia, lo mejor es crear categorías con los tipos de pecados que más cometemos, porque son siempre los mismos, y entonces vamos detallando en cada tipo de pecado las veces que los hemos cometido y las circunstancias y agravantes.
Bien, una vez que los tengamos todos, llevamos el papel o la nota a la Confesión (es muy recomendable ponernos no de cara al sacerdote sino tras la rejilla, sobre todo si llevamos mucho tiempo sin confesarnos, eso nos facilitará más las cosas) y leemos al Sacerdote uno a uno todos los pecados cometidos, sin dejar ninguno. Y, luego que los hemos dicho todos, no importa que sean 20, 40, o más, nada más salir de la confesión tomamos ese papel, lo rompemos bien, para que ya nadie lo pueda leer y lo tiramos en cualquier papelera (si los tenías en un documento de ordenador asegúrate de eliminarlo, y luego ir a la papelera de reciclaje y de eliminarlo también allí o alguien podría recuperarlo de la papelera de reciclaje). Bien, concluido está. Toda esa retahíla de pecados ya ha sido perdonada y olvidada para siempre. No los recuerdes más, ya no existen.

¿Y qué pasa cuando al llegar a casa empezamos a recordar nuevos pecados que se nos olvidaron? Es normal, a todos nos pasa. No te preocupes: ya están perdonados. Pero, sin embargo, anótalos en un nuevo papel, pero bajo una nueva categoría: "Pecados ya perdonados pero no confesados aún". Como casi seguro, y desgraciadamente, al tiempo todos volvemos a pecar, vas anotando los pecados nuevos y, en tu próxima confesión, los dices, todos los nuevos pero, antes de terminar, le dices al Sacerdote: "Padre, hay otros pecados que, aunque yo sé que ya están perdonados, me gustaría decirlos también en confesión para mayor seguridad y tranquilidad mía, porque la anterior vez se me olvidaron; son estos y estos...". Piensa que la Iglesia manda que confesemos todos los pecados uno por uno, no basta decir que has pecado contra el 5º Mandamiento, eso no es así; sino que es obligatorio decir qué pecado concreto cometimos, describiéndolo (aunque sin dar detalles morbosos), y mencionando también las circunstancias agravantes así como la frecuencia con que lo cometimos.
Para una persona que lleva muchos años sin confesarse, volver a la Confesión le será un gran esfuerzo, tremendo, porque esos pecados acumulados serán un peso muy grande en su conciencia y pasará mucha vergüenza. Pero la liberación que obtiene de ello es tan grande, que bien merece el esfuerzo una y mil veces más.

Consejos finales para quien lleva mucho tiempo sin confesarse

1. Si te es posible ve a confesarte con un sacerdote que no te conozca personalmente, ve a una iglesia diferente de la que vas habitualmente; podría ser en un pueblo o ciudad vecino; o podrías aprovechar que estás de paso por una ciudad para confesarte. Esto facilita muchísimo dar ese temido paso de hacer la confesión tras mucho tiempo sin hacerlo, porque es y será mucha la vergüenza.

2. Busca a ser posible un confesionario con rejilla y ponte detrás de la rejilla. Es lo más correcto, pues nosotros no nos confesamos ante un hombre sino ante Dios. No importa que el sacerdote no nos vea. Este detalle también facilitará muchísimo dar el paso hacia la Confesión.

3. Te doy un consejo especial 100% efectivo. Cuando sientas mucha vergüenza, simplemente cierra los ojos y arrodíllate tras la rejilla, nada más. En cuanto hagas ese acto, ya no habrá más temor en tu alma, el Espíritu Santo vendrá y pondrá una Luz y una Alegría en tu Espíritu que no es posible entender ni describir; pues en el mismo instante que diste ese paso, ya Dios te perdonó y acogió en su Corazón y te proporciona la Gracia necesaria para que digas todo como si nunca antes lo hubieras cometido, es asombroso, milagroso pero real. En el momento que lo dices, todo fluirá de ti como una canción. Y es porque Dios ya te ha perdonado. Y ya solo queda el trámite eclesiástico en que el Sacerdote dará testimonio ante Dios y ante la Iglesia de tu confesión con la absolución sacramental.


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¿En qué días y en qué tramos de edad estamos los católicos obligados a guardar abstinencia o ayuno? ¿Y, en qué consiste esta penitencia y ayuno?




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Actualmente hay una enorme confusión en estos asuntos entre los católicos. Por eso, tenemos que dirigirnos al Derecho Canónico (consultarlo directamente en la página del Vaticano), que es la ley primaria de donde parte todo, para aclararlo. Allí se nos dice que todos los católicos estamos obligados a hacer penitencia y se nos dice LA PENITENCIA MÍNIMA OBLIGATORIA que todo católico debe cumplir (faltar a alguno de estos preceptos constituye pecado que puede llegar a ser mortal y conlleva la obligación de confesarlo):

♦ Canon 1249. Habla de la obligación general de hacer penitencia de todos los católicos.


♦ Canon 1250. Dice que TODOS LOS VIERNES del año, así como todos los días de la Cuaresma, son días penitenciales obligatorios para el pueblo católico.


♦ Canon 1251. Hay que guardar abstinencia de carne y sus derivados TODOS LOS VIERNES del año, mientras que abstinencia y ayuno el Viernes Santo y el Miércoles de Ceniza.


Anotación respecto del canon 1251. Hay exención del deber de abstinencia los viernes que coincidan con solemnidad litúrgica declarada por la Iglesia. También es posible obtener dispensa en algunos casos particulares descritos en el canon 1245. Para saber si un viernes coincide con solemnidad consulta a tu sacerdote o bien el calendario litúrgico de tu conferencia episcopal.

♦ Canon 1252. De 0 a 13 años completos no hay que guardar ni abstinencia ni ayuno. Desde el 14 cumpleaños incluido hasta los 17 años completos: hay que guardar abstinencia pero NO ayuno. Desde el 18 cumpleaños incluido hasta el 59 cumpleaños incluido: hay que guardar ambos, ayuno y abstinencia. Desde el día siguiente al 59 cumpleaños incluido en adelante: se sigue guardando abstinencia pero ya NO ayuno. También habla de nuestro deber de ir formando en el espíritu de penitencia a los niños. (Nota: la mayoría de edad canónica son los 18 años).



Por tanto:

♦ Abstinencia: significa no comer carne, ni sus derivados (vigilar también los «snacks» enriquecidos con bacon, o los enriquecedores de sabor a base de carne que se usan para las sopas; lee las etiquetas de los ingredientes de los productos elaborados que vayas a comer).
♦ Ayuno: el ayuno tradicional es a pan y agua, pero las confencias episcopales de cada país (en virtud del canon 1253) establecen sus propias normas en este sentido; debemos consultar a nuestro sacerdote o investigar en la página web de nuestra conferencia episcopal para saber la cantidad de comida máxima que se puede ingerir en estos días de ayuno obligatorio; en el caso de España, por ejemplo, se permite una comida completa y poco más (ver más abajo).

Caso de España. Qué dice la Conferencia Episcopal Española:
(Decreto de la Conferencia Episcopal Española de 21 de noviembre de 1986. Fuente: Iuscanonicum.org).
♦ Formas de penitencia propuestas por la CEE: «Mayor austeridad de vida, en las diversas prácticas que luego se indican a propósito de los viernes del año, en iniciativas de caridad y ayuda a los más necesitados, emprendidas como comunidad cristiana a través de las parroquias, de Cáritas o de otras instituciones similares» y, también «Se priven los fieles de gastos superfluos tales como manjares o bebidas costosos, espectáculos y diversiones».
♦ Durante todos los viernes del año, —MENOS los vienes que coincidan con Cuaresma—, se da autorización para —si se quiere— sustituir la abstinencia de carne ordenada para los viernes por: «Lectura de la Sagrada Escritura, limosna (en la cuantía que cada uno estime en conciencia), otras obras de caridad (visita de enfermos o atribulados), obras de piedad (participación en la santa misa, rezo del rosario, etc.) y mortificaciones corporales».
♦ Respecto del ayuno del Miércoles de Ceniza y del Viernes Santo: «Consiste en no hacer sino una sola comida al día; pero no se prohíbe tomar algo de alimento a la mañana y a la noche, guardando las legítimas costumbres respecto a la cantidad y calidad de los alimentos».

Hoy hay bastantes católicos que se toman estas cosas a risa, mas es Ley Obligatoria de la Iglesia que el Cielo sanciona en virtud de  que «El que a vosotros escucha, a mí me escucha, y el que a vosotros rechaza, a mí me rechaza; y el que a mí me rechaza, rechaza al que me envió» (Lc 10,16) y porque «En verdad os digo: todo lo que atéis en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que desatéis en la tierra, será desatado en el cielo» (Mt 18,18). Así que, a las personas que se ríen de estas cosas les recuerdo lo que dijo Jesucristo: «¡Ay de vosotros, los que ahora estáis saciados!, porque tendréis hambre. ¡Ay de vosotros, los que ahora reís!, porque os lamentaréis y lloraréis» (Lc 6,25). Y, a quienes se toman esto por asunto menor y por cosa sin mucha importancia, les dice: «El que es fiel en lo muy poco, es fiel también en lo mucho; y el que es injusto en lo muy poco, también es injusto en lo mucho» (Lc 16,10).
Lee aquí más Mandamientos Canónicos de la Iglesia que todos los católicos estamos obligados a cumplir y que, el no cumplirlos, constituye pecado que puede llegar a ser mortal ►
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(*) NOTA. Yo no soy un experto canónico, tal vez la interpretación que yo hago de estos cánones no sea totalmente exacta. Ante la duda, consulta a tu sacerdote. Si detectas algún error por favor comunícamelo. Gracias.

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Confiésate siempre en el confesionario, a ser posible tras la rejilla, y mejor si lo hacemos arrodillados



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Las confesiones deben hacerse en el confesionario, no fuera de él, salvo razón justificada. Así que siempre pide confesarte en el confesionario, y mejor si es tras la rejilla y arrodillados.

Hay algunos sacerdotes a los que no les gusta demasiado confesar en el confesionario por diversas razones: se sienten incómodos allí por razones de espacio, sienten un poco de vergüenza al estar expuestos todo el tiempo a las miradas de todo el que pasa, se pueden hasta sentir ridículos al dudar de la verdadera necesidad y razón de confesarse allí. Lo mismo puede pasar a determinados fieles, que creen innecesario ese formalismo y que se pueden confesar de cualquier manera. Sin embargo, el Código de Derecho Canónico de la Iglesia, al cual todos los sacerdotes han de sujetarse bajo pena de pecado mortal, como todos los fieles, dice lo siguiente:
CDC 964. §1. El lugar propio para oír confesiones es una iglesia u oratorio. §2. Por lo que se refiere a la sede para oír confesiones, la Conferencia Episcopal dé normas, asegurando en todo caso que existan siempre en lugar patente confesionarios provistos de rejillas entre el penitente y el confesor que puedan utilizar libremente los fieles que así lo deseen.  §3. No se deben oír confesiones fuera del confesionario, si no es por justa causa. (Leerlo accediendo a la página web del Vaticano).

El ayuno eucarístico mínimo que la Iglesia exige para poder comulgar




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Mt 26,24: «Y volvió a los discípulos y los encontró dormidos. Dijo a Pedro: "¿No habéis podido velar una hora conmigo?"».
El llamado ayuno eucarístico es el tiempo previo a la recepción de la Comunión Eucarística y durante el cual la Iglesia nos pide que nos abstengamos de tomar alimentos, con el fin de preparar mínimamente nuestro ser y nuestra alma para la recepción del Alimento Divino que es la Eucaristía. El Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica establece:
Canon 919 § 1. Quien vaya a recibir la santísima Eucaristía, ha de abstenerse de tomar cualquier alimento y bebida al menos desde una hora antes de la sagrada comunión, a excepción sólo del agua y de las medicinas. § 2. El sacerdote que celebra la santísima Eucaristía dos o tres veces el mismo día, puede tomar algo antes de la segunda o tercera Misa, aunque no medie el tiempo de una hora. § 3. Las personas de edad avanzada o enfermas, y asimismo quienes las cuidan, pueden recibir la santísima Eucaristía aunque hayan tomado algo en la hora inmediatamente anterior.
Hay personas a las que puede parecer que esto es materia menor, sin embargo, es una tradición cristiana de enorme arraigo desde los comienzos de la Iglesia y que debe ser respetada, porque tiene su fundamento teológico. Además, Jesús bien avisó que quien no es fiel en lo pequeño, tampoco lo será en lo mayor. Debemos ser fieles aún en los mandamientos que nos pudieran parecer menores.
Lc 16,10: «El que es fiel en lo poco, también en lo mucho es fiel; el que es injusto en lo poco, también en lo mucho es injusto».
Esta abstención de recibir cualquier forma de alimento se refiere a 1 hora antes de comulgar, no del comienzo de la Misa. Si por ejemplo la Misa empieza a las 17:00 horas pero la recepción de la Eucaristía tiene lugar a las 17:20 horas, significa que no habremos podido tomar ningún alimento desde las 16:20 horas. Si por ejemplo hemos tomado algo a las 16:10 pero la misa empieza a las 17:00 y comulgamos a las 17:20 hemos cumplido muy bien el ayuno establecido. Pero nunca comulgar si hemos comido antes de esa hora mínima, pues el canon dice claramente que «al menos una hora»; es decir, nunca menos de una hora, y a ser posible más.

La única excepción que la norma contempla es el tomar agua o medicinas, por tanto, no es lícito masticar chicles ni caramelos, ni tomar café, ni nada similar durante de ese período de 1 hora previa al momento de comulgar. Están exentos de cumplir esta norma —como bien explica la normativa canónica— las personas ancianas o enfermas y quienes los atienden; también los sacerdotes que celebran más de una Misa.




Yo, David, soy el autor de este mensaje de nuestra presencia y cohabitación con Jesucristo en la Eucaristía

Los diez Mandamientos bíblicos de Dios Padre, los cinco principales mandamientos canónicos de la Iglesia Católica, y los dos mandamientos supremos de Jesucristo




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Estos son los Mandamientos que todo católico está obligado a cumplir y cuyo incumplimiento conlleva la pena de pecado mortal, y exige acudir de nuevo al Sacramento de la Confesión para restablecer la Gracia Santificante y poder recibir la Santa Comunión.
«Oye, Israel, las leyes y los mandamientos que hoy hago resonar en tus oídos; apréndelos y pon mucho cuidado en guardarlos» (Ex 20,1).
«Tened gran cuidado de poner por obra los mandamientos que os prescribo hoy, para que viváis y os multipliquéis y entréis, para poseerla, en la tierra que Yahvé juró dar a vuestros padres... Ahora Yahvé tu Dios va a introducirte en una buena tierra...» (Ex 8,1.7).

Los diez Mandamientos bíblicos de Dios Padre (Ex 20,2-17; Deut 5,6-21).
Ver en Biblegateway.com: Ex 20,2-17; Deut 5,6-21)

  • 1º. Amarás a Dios sobre todas las cosas: «Yo soy Yahvé tu Dios, no tendrás otro Dios que a Mí» (Ex 20,1-6; Deut 5,7-10).
  • 2º. No tomarás el nombre de Dios en vano (Ex 20,7; Deut 5,11).
  • 3º. Santificarás las Fiestas (Ex 20,8-11; Deut 5,12-15).
  • 4º. Honrarás a tu padre y a tu madre (Ex 20,12; Deut 5,16).
  • 5º. No matarás (Ex 20,13; Deut 5,17).
  • 6º. No cometerás actos impuros (Ex 20,14; Deut 5,18).
  • 7º. No robarás (Ex 20,15; Deut 5,19).
  • 8º. No dirás falso testimonio ni mentirás (Ex 20,16; Deut 5,20).
  • 9º. No consentirás pensamientos ni deseos impuros (Ex 20,17; Deut 5,21).
  • 10º. No codiciarás los bienes ajenos (Ex 20,17; Deut 5,21).

Los cinco principales Mandamientos canónicos de la Iglesia Católica

  • 1º. Oír Misa entera los domingos y demás fiestas de precepto y no realizar trabajos serviles (Cánones 1246-1248, ver en la página del Vaticano).
  • 2º. Confesarse como mínimo una vez al año, y si se quiere comulgar y se tienen pecados graves (Cánones 989 y 916, ver en la página del Vaticano: 989, 916).
  • 3º. Recibir el sacramento de la Eucaristía como mínimo una vez al año, por Pascua de Resurrección (Canon 920, ver en la página del Vaticano).
  • 4º. Abstenerse de comer carne y ayunar en los días establecidos por la Iglesia (Cánones 1249-1251, ver en la página del Vaticano).
  • 5º. Ayudar a las necesidades de la Iglesia (Canon 222, ver en la página del Vaticano).
Para ver más mandamientos canónicos de la fe católica, que también debemos cumplir los católicos haz clic aquí.


Los dos Mandamientos supremos del Evangelio de Jesucristo

En resumen (Mt 22,37; Mc 12,29-31; Lc 10,27; Dt 6,5; Lv 19,18):
  • 1º. Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con toda tu mente.
  • 2º. Amarás al prójimo como a ti mismo.



Yo, David, soy el autor de este mensaje de nuestra presencia y cohabitación con Jesucristo en la Eucaristía

El Árbol Eucarístico de la Iglesia Universal


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La Iglesia Universal se puede representar como un gran Árbol constituido de diversos elementos o partes, pero todas conectadas entre sí:


La Tierra base es Dios Padre
La tierra es la base de todo árbol, le sirve para extraer de ella el agua y los minerales, y para proporcionarle sustentación física, agarre, firmeza, y que el árbol pueda crecer hacia lo alto sin caerse. Es como la roca base de toda construcción. Esa Tierra es para la Iglesia Dios Padre, de Él procede todo, y obtiene la Vida, de Él nos viene el Hijo y el Espíritu Santo. Sin Él no podemos nada y la Iglesia no existiría sin Él.

La Raíz es Dios Hijo
La raíz de una planta se encarga de profundizar en la tierra, uniéndose íntimamente con ella, para extraer de ella el alimento y proporcionar firmeza a todo el árbol. Conoce muy bien la tierra, sabe transitar por ella y buscar las riquezas que esconde. Para la Iglesia esa Raíz es Dios Hijo, quien único conoce a Dios Padre, y vive en Él y son uno, extrae del Padre toda Sabiduría y Verdad y nos la comunica. Él es el único y principal Mediador con Dios Padre para toda la Iglesia.

La Savia es Dios Espíritu Santo
La savia es la mezcla de agua y minerales, fuente y sustento de la vida, que desde la raíz de la planta fluye por toda ella para alimentarla y darle vida. En la Iglesia Universal, esa función la realiza el Espíritu Santo, es el Agua que procede del Padre (la Tierra) y viene a nosotros por medio del Hijo (la Raíz). Pero fluye por todo el Árbol de rama en rama unificando y cohesionando todo el Árbol. Es el Responsable de la Vida Sobrenatural de toda la Iglesia Universal. Es la Gracia Santificante.

El Tronco es la Virgen María
El tronco de un árbol tiene algo particular, es la primera manifestación visible del árbol, pues las anteriores fases no se ven a primera vista, sino que están ocultas bajo la tierra. Desde el punto de vista de Dios y de la Iglesia, la realidad invisible de la Santísima Trinidad, se manifiesta al mundo, se hace visible, se hace Carne, a través de María. Esta fase corresponde a la Encarnación del Verbo por medio de María. María es ese cuerpo y sangre humano, visible, que existe con nosotros en el plano de los sentidos, que sirve de mediadora entre Dios uno y trino y los hombres, ya que por medio de Ella ocurre la Encarnación y Jesucristo entra en el mundo del hombre. Ella es por tanto ese Tronco, la Mediadora, esa Madera o Carne y Sangre, que hacen que lo Invisible tome Cuerpo y haga su entrada en el mundo de lo visible.

Las Ramas son los Apóstoles
Las ramas cumplen una función mediadora, y permiten que todo el árbol crezca y se sostenga, así como sirven de puente para alimentar a las hojas y demás flores. Hay de dos tipos:
• Ramas primarias (doce). De María parten doce ramas principales, que son los Apóstoles, reunidos alrededor de Ella como en los primeros tiempos del nacimiento de la Iglesia en el Cenáculo de Jerusalén. Son las Doce Estrellas de su Corona de María como Madre de la Iglesia y Madre de los Apóstoles.
• Ramas secundarias. Los Apóstoles están hoy representados por los Obispos, son sus sucesores, enraizados en Ellos y hacen de puente a su vez con las siguientes ramas.
• Ramas terciarias. Las ramas que parten de los obispos y dependen de ellos, son los Sacerdotes, necesarios para la diversificación de servicios y atención de los fieles. Son los que tendrán contacto final, directo con los fieles, y les harán llegar la Gracia del Espíritu Santo por medio de los Sacramentos.

Las Hojas son las Almas
Las Hojas son los fieles, las almas destinatarias de la Gracia y que se benefician finalmente de Ella. Son multitud repartidas por toda la tierra. Ellas reciben la Savia de la Gracia que proporcionan los Sacramentos y realizan la «fotosíntesis» o transformación en bienes espirituales, virtudes, oraciones, sacrificios, actos heroicos, buenas obras, etc., que revitalizan toda la Iglesia, todo el Árbol sale beneficiado de ello, y lo hacen crecer. Al ser tan numerosas son la parte más visible del Árbol.

Las Flores son las Vocaciones
De entre las Hojas surgen las Flores, en cuanto almas destacadas por su belleza, llamadas a una mayor virtud y a un mayor compromiso y servicio espiritual: son las vocaciones religiosas, los religiosos, misioneros y sacerdotes.




Las Semillas son los Santos y Mártires
La semilla tienen la función reproductora en el árbol. Son los santos y los mártires que, con su vida y su ejemplo heroico, producen corrientes de imitación y hacen renacer la Iglesia allí donde van. Su presencia y su acción es siempre un resurgir de la fe, son los que hacen renacer siempre a la Iglesia de sus valles llevándola de nuevo a su antigua gloria y esplendor. Ellos son la Semilla que muere en la Tierra para germinar y dar más fruto, regresando a las fuentes más puras de la Fe, en Dios Padre. Son el Resurgir de la Iglesia.


Yo, David, soy el autor de este mensaje de nuestra presencia y cohabitación con Jesucristo en la Eucaristía

Mandamientos canónicos de la Iglesia Católica que todos los fieles católicos hemos de cumplir en relación con la Iglesia




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Recopilación de normas del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica que regulan la práctica de la fe de los fieles y que, por tanto, son obligatorias para todos los católicos de la Iglesia Universal. Para consultar los textos originales ir a la página del Vaticano (enlace a una fuente externa)

Temas tratados. Los cinco principales mandamientos de la Iglesia, Comunión con la Iglesia, Doctrina, Búsqueda de la santidad, Penitencia, Respeto a lo Sagrado, Deber de hacer apostolado, Bautismo, Confirmación, Eucaristía, Confesión, Unción de los Enfermos, Exequias de difuntos, Sacerdocio, Matrimonio católico, Educación católica de los hijos, Medios de comunicación, Días de precepto.

Nota. Esta recopilación no es un estudio concienzudo del Derecho Canónico referido a la fe de los fieles, sino una aproximación bastante fiel realizada por un laico devoto, por lo que puede estar sujeta a posibles errores. Ante cualquier duda consultar a un experto canónico o bien contrastar con los textos canónicos originales.

Los cinco principales mandamientos de la Iglesia:
  • 1º. Oír Misa entera los domingos y demás fiestas de precepto y no realizar trabajos serviles (Cánones 1246-1248)
  • 2º. Confesarse como mínimo una vez al año, y si se quiere comulgar y se tienen pecados graves (Cánones 989 y 916).
  • 3º. Recibir el sacramento de la Eucaristía como mínimo una vez al año, por Pascua de Resurrección (Canon 920).
  • 4º. Abstenerse de comer carne y ayunar en los días establecidos por la Iglesia (Cánones 1249-1251).
  • 5º. Ayudar a las necesidades de la Iglesia (Canon 222).
Respecto de la Comunión con la Iglesia:
  • Cánones 204 y 209. Para ser cristianos necesidad de estar bautizados y obligación de vivir en comunión con la Iglesia y el Papa y con los Obispos en comunión con él.
  • Canon 205. La comunión con la Iglesia exige vivir el catecismo, los sacramentos y las leyes canónicas.
  • Cánones 222 y 1260. Obligación de ayudar económicamente a la Iglesia y a los pobres.
En cuanto a la Doctrina:
  • Cánones 229 y 748. Deber de conocer, estudiar, aprender y aceptar la fe católica.
  • Cánones 227 y 750. Obligación de creer, aceptar por fe y vivir conforme a las Escrituras (especialmente los Evangelios), la Tradición y el Magisterio.
  • Canon 212. Obligación de obedecer a los Pastores en materia de fe y de vida cristiana.
  • Cánones 752 y 753. Deber de respetar y aceptar las demás enseñanzas del Papa, de los Concilios y de los Obispos.
  • Canon 754. Obligación de leer y obedecer las Constituciones y Decretos de los Papas y Concilios.
Relativo a la búsqueda de la santidad:
  • Canon 210. Necesidad de santificarse y de contribuir a santificar la Iglesia.
  • Canon 1174. Recomendación (no obligación) de hacer la liturgia de las horas.
  • Canon 1191. Deber de cumplir los votos que se hacen a Dios.
Normas relativas a la penitencia:
  • Canon 1249. Obligación general de hacer penitencia.
  • Canon 1250. Viernes y Cuaresma, días penitenciales obligatorios.
  • Canon 1251. Abstinencia de carne y derivados los viernes, abstinencia y ayuno el Viernes Santo y el Miércoles de Ceniza. (Hay exención del deber de abstinencia los viernes que coincidan con solemnidad litúrgica).
  • Canon 1252. De 0 a 13 años: ni abstinencia ni ayuno. Desde el 14 cumpleaños hasta los 17: abstinencia y no ayuno. Desde el 18 cumpleaños hasta el 59 cumpleaños: ayuno y abstinencia. Desde el día siguiente al 59 cumpleaños en adelante: abstinencia sin ayuno. Deber de formar el espíritu de penitencia en los niños.
(Sobre este punto hay más información disponible aquí )
 
Respeto debido a lo Sagrado:
  • Canon 840. Deber de reverencia a los Sacramentos.
  • Canon 1171. Mostrar reverencia hacia las cosas sagradas destinadas al culto.
  • Canon 1220. Respetar la santidad y dignidad de las iglesias.
  • Canon 1247. Respetar la santidad del domingo y abstenerse de realizar trabajos y actividades que impidan dar culto a Dios y descansar.
En cuanto al deber de hacer apostolado:
  • Cánones 211, 225 y 781. Obligación de evangelizar y de hacer apostolado.
  • Canon 394. Deber de ayudar al Obispo en las obras de apostolado.
  • Canon 233. Obligación de fomentar las vocaciones.
En cuanto al Bautismo:
  • Canon 855. Elegir nombres cristianos para los niños.
  • Canon 857. Hacer los bautizos en la parroquia propia.
  • Canon 867. Obligación de bautizar a los niños en las primeras semanas.
  • Canon 872. Deber de elegir un padrino de bautismo, el cual ha de velar por la fe del ahijado.
  • Canon 871. Bautizar los fetos vivos.
En cuanto a la Confirmación:
  • Canon 892. Deber de elegir padrino de confirmación, el cual hará de testigo de Jesucristo.
  • Canon 893. Mejor elegir el mismo padrino de bautismo para la confirmación.
En cuanto a la Eucaristía:
  • Canon 898. Deber de dar máximo culto y adoración a la Eucaristía.
  • Canon 914. Obligación de procurar a los hijos la primera comunión y una vida eucarística.
  • Canon 918. Comulgar dentro de la Misa, salvo imposibilidad.
  • Canon 919. Ayunar desde una hora antes de comulgar.
  • Canon 920. Comulgar como mínimo una vez durante cada Pascua de Resurrección.
En cuanto a la Confesión:
  • Canon 916. Si se tienen pecados graves (mortales), no comulgar sin haberse confesado antes.
  • Canon 964. Confesarse en el confesionario.
  • Canon 988. Examen de conciencia y confesión de todos los pecados mortales no dichos aún directamente en confesión: uno a uno y por especie y número. (Del texto se deduce la necesidad de decirlos todos en confesión, sin excepción; luego los pecados olvidados involuntariamente en anteriores confesiones, a pesar de ya haber sido perdonados, debemos decirlos en la próxima confesión como tales, como pecados perdonados pero no debidamente confesados, por si el sacerdote nos tiene que hacer algún consejo o corrección y para mayor tranquilidad nuestra).
  • Canones 989. Confesarse como mínimo una vez al año.
En cuanto a la Unción de los Enfermos:
  • Canon 1001. Deber de procurar la unción de los enfermos a los propios familiares.
  • Canon 1004. Recibirlo ante la enfermedad o la vejez.
  • Canon 1005. En caso de duda se debe administrar.
En cuanto a las exequias de difuntos:
  • Canon 1176. Deber de proporcionar exequias e inhumación a los difuntos.
  • Canon 1177. Las exequias normalmente en la parroquia.
En cuanto al Sacerdocio:
  • Canon 1043. Obligación de manifestar posibles impedimentos para la ordenación sacerdotal.
En cuanto al matrimonio católico:
  • Canon 1055. El matrimonio canónico es la única forma lícita de unirse en matrimonio los católicos.
  • Canon 1056. El matrimonio es indisoluble, para toda la vida.
  • Canon 1115. Celebrar el matrimonio en la parroquia, salvo dispensa.
  • Canon 1069. Obligación de manifestar posibles impedimentos para el matrimonio.
  • Canon 1071. No asistir al matrimonio de apóstatas, divorciados, etc., salvo dispensa.
  • Canon 1135. Los dos cónyuges tiene iguales obligaciones y derechos.
  • Canon 1136. Obligación de cuidar a los hijos y velar por su fe.
  • Cánones 104 y 1151. Deber de los esposos de tener un domicilio común y de convivir uno con el otro.
  • Canon 1086. Invalidez de matrimonios mixtos entre bautizados y no bautizados, salvo dispensa.
  • Canon 1124. Prohibición de matrimonios mixtos entre católicos y de otra fe, salvo dispensa.
En cuanto a la educación católica de los hijos:
  • Cánones 226 y 774. Obligación de los padres y padrinos de educar a los hijos o ahijados en la fe católica.
  • Cánones 793 y 798. Obligación de procurar la educación católica de los hijos (catequesis, clase de religión, etc.).
  • Canon 796. Deber de los padres de cooperar con los maestros en la educación humana y cristiana de sus hijos.
  • Canon 776. Deber de ayudar a los párrocos para la catequesis.
  • Cánones 799 y 800. Deber de exigir la enseñanza de la religión en la educación pública y de ayudar y apoyar a las escuelas católicas.
  • Canon 1136. Obligación de cuidar a los hijos y velar por su fe.
En relación con los medios de comunicación:
  • Canon 822. Deber de cooperar con la Iglesia desde los medios de comunicación.
  • Canon 823. Deber de solicitar la aprobación de publicaciones.
  • Canon 831. Deber de no cooperar con medios de comunicación contrarios a la fe.
En cuanto a los días de precepto:
  • Canon 1246. Días de precepto: domingos y demás días señalados por la Conferencia Episcopal de cada país. En España: Santa María Madre de Dios, 1 de enero; Epifanía del Señor, 6 de enero; San José, 19 de marzo; Santiago apóstol, 25 de julio; la Asunción de la Virgen María, 15 de agosto; Todos los Santos, 1 de noviembre; Inmaculada Concepción, 8 de diciembre; la Natividad del Señor, 25 de diciembre). Nota: estos días pueden variar según la Diócesis.
  • Canon 1247. En los días de precepto hay obligación de asistir a Misa y de dedicarlos a Dios.
  • Canon 1248. La Misa de víspera (por la tarde anterior a un día de precepto) vale para cumplir el precepto.



Yo, David, soy el autor de este mensaje de nuestra presencia y cohabitación con Jesucristo en la Eucaristía